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Autónomos28 de junio de 20269 min de lectura

Darse de alta como autónomo: paso a paso actualizado 2026

Guía completa para darse de alta como autónomo en 2026: trámites en Hacienda y Seguridad Social, orden correcto, errores habituales y qué conviene tener claro antes de empezar.

Darse de alta como autónomo: paso a paso actualizado 2026

Darse de alta como autónomo: paso a paso actualizado 2026

Para darse de alta como autónomo en 2026 necesitas hacer dos trámites principales: alta en el censo de Hacienda (modelo 036 o 037) y alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA). Esta guía te explica el orden correcto, los plazos, los errores más comunes y qué decisiones tienes que tomar antes de empezar.

El alta de autónomo no es complicada, pero tiene un orden que importa. Hacerlo al revés o con datos incorrectos puede generar problemas con Hacienda o con la Seguridad Social que cuestan tiempo y dinero solucionar.

Antes de empezar: dos preguntas clave

Antes de abrir ningún formulario, tienes que tener claras dos cosas:

1. ¿Cuál es tu epígrafe del IAE?

El Impuesto de Actividades Económicas clasifica tu actividad con un código numérico llamado epígrafe. Necesitas saber cuál corresponde a lo que vas a hacer para rellenar correctamente el modelo 036 o 037.

No tiene que ser perfecto desde el primer día, pero debe reflejar tu actividad principal. Si tienes dudas, consulta el listado de epígrafes en la sede electrónica de la AEAT o pregunta a un asesor antes de presentar el alta.

2. ¿Qué base de cotización vas a elegir?

Desde la reforma del sistema de cotización para autónomos aprobada a finales de 2022 e implantada de forma progresiva, la cuota mensual que pagas a la Seguridad Social depende de tus ingresos netos reales previstos. Si quieres saber cuánto te costará contar con un asesor que te lleve desde el primer día, consulta el artículo sobre cuánto cuesta una asesoría fiscal para autónomos. Cuanto más ganas, más cuotas.

Existe una base mínima para autónomos que se inician, con una tarifa reducida durante los primeros meses. Antes de hacer el alta, consulta el tramo que te corresponde según tus ingresos estimados.

Paso 1: Alta en Hacienda (modelo 036 o 037)

Este trámite debe hacerse antes del alta en la Seguridad Social o, como máximo, el mismo día que empieces a trabajar.

Modelo 037 (simplificado): para la mayoría de autónomos personas físicas residentes en España, sin representantes y sin operaciones intracomunitarias. Es el camino habitual.

Modelo 036 (completo): para situaciones más complejas, como actividades con IVA intracomunitario, alta de sociedad, o representantes fiscales.

Cómo presentarlo

  • Por internet con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN, a través de la sede electrónica de la AEAT.
  • De forma presencial en tu delegación de Hacienda, aunque es la opción más lenta.

Qué declaras en el modelo

  • Tu actividad económica (epígrafe IAE).
  • El régimen de IVA: normalmente régimen general, aunque hay casos en que aplica el régimen simplificado o la exención.
  • El régimen de IRPF: estimación directa simplificada es lo más habitual para autónomos que empiezan.
  • La fecha de inicio de la actividad.

La fecha de inicio es importante: determina desde qué trimestre tienes obligación de presentar declaraciones de IVA e IRPF.

Paso 2: Alta en el RETA (Seguridad Social)

El alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos debe hacerse antes del inicio de la actividad o en los 60 días naturales anteriores.

Si ya te has dado de alta en Hacienda (paso 1) y no haces el alta en el RETA, corres el riesgo de cotizar de menos o fuera de plazo, con las correspondientes recargos.

Cómo hacer el alta en el RETA

La vía más habitual es a través de la sede electrónica de la Seguridad Social (Import@ss), con tu certificado digital o Cl@ve.

Necesitarás indicar:

  • Tu actividad (en coherencia con lo declarado en Hacienda).
  • La base de cotización que eliges para ese año.
  • Si tienes derecho a la tarifa reducida de inicio de actividad (bonificación para nuevos autónomos).

Tarifa reducida para nuevos autónomos

Si nunca has sido autónomo o llevas más de dos años sin serlo, puedes acceder a la cuota reducida de inicio de actividad durante los primeros meses. El importe y los plazos de esta bonificación pueden cambiar cada año, así que consulta en la Seguridad Social o con un asesor cuánto pagarías exactamente desde el primer mes.

Paso 3: Trámites adicionales según tu situación

Según lo que vayas a hacer, puede que necesites trámites adicionales.

Si vas a tener empleados:

  • Inscripción de la empresa en la Seguridad Social.
  • Alta de cada trabajador en el Sistema RED antes de que empiecen a trabajar.

Si ejerces una actividad regulada (abogado, médico, arquitecto, etc.):

  • Necesitas estar colegiado o cumplir los requisitos previos del colegio profesional correspondiente.

Si vas a abrir un local:

  • Licencia de apertura o comunicación previa al Ayuntamiento según el tipo de actividad.
  • Alta en el Registro de Actividades si aplica en tu municipio.

Si vas a facturar a clientes de otros países de la UE:

  • Alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios), gestionado a través del modelo 036 o 037.

Errores habituales al darse de alta

Estos son los errores que con más frecuencia corrigen los asesores:

  • Poner una fecha de inicio incorrecta en el modelo de Hacienda. Si ya habías cobrado antes de la fecha declarada, puedes tener problemas.
  • Elegir mal el epígrafe del IAE. No es irreversible (se puede modificar), pero genera trámites innecesarios.
  • Olvidar el alta en el RETA o hacerla fuera de plazo. La Seguridad Social aplica recargos en esos casos.
  • No declarar todas las actividades si vas a ejercer más de una.
  • Confundir estimación directa normal y simplificada en el IRPF. La diferencia afecta a cómo llevas la contabilidad y qué gastos puedes deducir.

¿Vale la pena que te ayude una asesoría para el alta?

El alta en sí misma es un trámite que puedes hacer tú solo si tienes tiempo y claridad sobre tu situación. El problema es que las decisiones que tomas en ese momento (epígrafe, régimen de IVA, estimación directa, base de cotización) tienen consecuencias durante meses o años.

Una asesoría te ayuda a tomar esas decisiones bien desde el principio, y muchas incluyen el alta como parte del servicio de bienvenida sin coste adicional.

Si quieres comparar opciones, busca una asesoría en tu zona en el directorio de Dame una Asesoría y consulta qué incluyen antes de decidir.

Preguntas frecuentes sobre el alta de autónomo

¿Puedo darme de alta aunque ya haya empezado a trabajar?

Técnicamente puedes hacerlo, pero con riesgos. Si has cobrado facturas antes de estar dado de alta, Hacienda puede interpretar que ejercías actividad sin declarar. Es mejor regularizar antes de que eso ocurra.

¿Me conviene constituir una SL en lugar de darme de alta como autónomo?

Depende de tu facturación prevista y de otros factores. En este mismo blog tienes un artículo específico sobre autónomo o SL: diferencias y qué te conviene.

¿Cuándo tengo que presentar mi primera declaración trimestral?

En el primer trimestre completo después de la fecha de inicio de actividad que declaraste. Si te diste de alta en julio, tu primera declaración trimestral (julio-septiembre) se presenta en octubre.

¿Qué pasa si quiero darme de baja más adelante?

El proceso es inverso: primero das de baja en Hacienda (modelo 036 o 037) y después en el RETA. También tienes que presentar las declaraciones pendientes del último periodo trabajado.


Hacerlo bien desde el principio evita correcciones posteriores que siempre cuestan más que el alta original.

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