Despidos: qué gestiona tu asesoría (finiquito, nómina y modelo 145) — guía 2026
Cuando una empresa despide a un trabajador hay una parte legal y una parte administrativa. Te explicamos qué gestiona tu asesoría o gestoría: cálculo del finiquito, baja en Seguridad Social, certificado de empresa y modelo 145.

Despidos: qué gestiona tu asesoría (finiquito, nómina y modelo 145)
Cuando una empresa despide a un trabajador, hay dos partes claramente distintas que conviene no mezclar. Está la parte legal —si el despido está bien calificado, si hay riesgo de que se declare improcedente, si hace falta negociar o defenderse ante una demanda— y está la parte administrativa: calcular lo que se le debe al trabajador, tramitar su baja, generar la documentación que necesita para cobrar el paro y dejar todo correctamente registrado.
La parte legal la lleva un abogado laboralista. La parte administrativa —la que ocupa la mayor parte del trabajo real en un despido y la que hay que resolver siempre, haya o no conflicto— es la que gestiona tu asesoría o gestoría. Esta guía se centra en esa segunda parte: qué hace exactamente tu asesoría cuando despides a alguien.
El finiquito: qué incluye
El finiquito es el documento que liquida todo lo que la empresa le debe al trabajador en el momento de la extinción del contrato. Normalmente incluye:
- El salario de los días trabajados en el mes en curso que todavía no se han pagado.
- Las vacaciones generadas y no disfrutadas. Si el trabajador no ha cogido todos los días de vacaciones que le correspondían hasta la fecha de baja, se le abonan en dinero, proporcionalmente al tiempo trabajado.
- La parte proporcional de las pagas extra que aún no se hayan devengado por completo (si la empresa las prorratea mensualmente esto no aplica, porque ya van incluidas en cada nómina).
- La indemnización, si el tipo de despido y la situación concreta dan derecho a ella. El importe exacto depende de la calificación del despido (procedente, improcedente, objetivo…) y de la antigüedad del trabajador, y es precisamente el punto donde conviene que la calificación la confirme un abogado laboralista antes de que tu asesoría calcule la cifra final: un error aquí genera reclamaciones.
Tu asesoría prepara el documento de finiquito con el desglose de cada concepto para que tanto la empresa como el trabajador puedan verificar el cálculo.
Baja en la Seguridad Social
La empresa está obligada a comunicar la baja del trabajador a la Tesorería General de la Seguridad Social dentro de los plazos establecidos, normalmente en los días siguientes a la fecha de efectos del despido. Este trámite lo gestiona la asesoría a través del Sistema RED, y es un paso independiente del pago del finiquito: hay que hacerlo aunque el despido esté siendo discutido legalmente.
El certificado de empresa
Para poder solicitar la prestación por desempleo, el trabajador necesita el certificado de empresa, un documento que recoge las bases de cotización de los últimos 180 días y el motivo de la extinción del contrato. Sin este certificado, el SEPE no puede tramitar el paro. Es responsabilidad de la empresa emitirlo, y en la práctica lo genera la asesoría al mismo tiempo que tramita la baja en Seguridad Social.
El modelo 145 y la última nómina
Si las circunstancias del trabajador han cambiado a lo largo del año (por ejemplo, si venía con una retención de IRPF calculada para todo el ejercicio y el contrato termina antes de tiempo), conviene revisar el modelo 145 para que la retención aplicada en la última nómina sea la correcta. Un error aquí no tiene consecuencias legales graves, pero sí puede generar sorpresas para el trabajador en su siguiente declaración de la renta.
Qué NO resuelve tu asesoría
Tu asesoría gestiona el papeleo y los cálculos administrativos, pero no decide si un despido es procedente, no lo defiende ante una demanda y no negocia con el trabajador o su abogado. Si existe riesgo de conflicto —el despido se basa en una causa discutible, el trabajador puede estar en una categoría protegida, o directamente ya ha mostrado intención de reclamar— eso corresponde a un abogado laboralista, no a la asesoría. Tu asesoría puede (y debe) avisarte de que ese riesgo existe, pero la defensa legal es un servicio distinto.
Preguntas frecuentes
¿Quién calcula el finiquito, la asesoría o un abogado?
El cálculo administrativo del finiquito (salario pendiente, vacaciones, parte proporcional de pagas extra) lo hace la asesoría. Si hay indemnización, su importe depende de cómo se califique el despido, y esa calificación —sobre todo si hay cualquier duda o riesgo de conflicto— conviene confirmarla con un abogado laboralista antes de cerrar la cifra.
¿Hay que tramitar la baja en Seguridad Social aunque el despido se vaya a discutir legalmente?
Sí. La baja en Seguridad Social y el pago del finiquito son trámites administrativos independientes de que el despido se acabe discutiendo o no ante un juzgado. Se gestionan igualmente y dentro de plazo.
¿Qué pasa si no entrego el certificado de empresa a tiempo?
El trabajador no podrá solicitar la prestación por desempleo hasta que la empresa lo emita, lo que puede generarle un perjuicio real y, en algunos casos, una reclamación. Tu asesoría debería generarlo como parte del mismo trámite que la baja en Seguridad Social.
Buscar asesoria relacionada
¿Necesitas una asesoría?
Encuentra asesores con datos públicos en toda España. Compara perfiles y contacta gratis.
Ver directorio de asesores →
