Saltar al contenido
← Volver al blog
Laboral30 de junio de 20269 min de lectura

ERTE y ERE: qué son, diferencias y derechos de los trabajadores

Un ERTE suspende o reduce el trabajo de forma temporal; un ERE extingue contratos de forma colectiva y definitiva. Las causas son las mismas (ETOP) pero las consecuencias para trabajadores y empresas son muy distintas. Te lo explicamos sin tecnicismos.

ERTE y ERE: qué son, diferencias y derechos de los trabajadores

ERTE y ERE: qué son, diferencias y derechos de los trabajadores

El ERTE y el ERE son dos mecanismos laborales que con frecuencia se confunden. La diferencia fundamental es la permanencia: el ERTE es temporal, el ERE es definitivo. Pero las consecuencias para trabajadores, empresas y autónomos con empleados son muy distintas, y conocerlas es importante antes de que una situación de crisis laboral llegue a tu empresa.


Qué es un ERTE

Un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo) es un procedimiento legal que permite a una empresa suspender temporalmente los contratos de trabajo o reducir la jornada laboral de sus trabajadores durante un periodo determinado.

La clave es que el contrato no se extingue: el vínculo laboral sigue existiendo. Cuando termina el ERTE, los trabajadores se reincorporan a sus puestos en las condiciones anteriores.

Durante el tiempo que dura la suspensión o reducción de jornada, los trabajadores pasan a cobrar una prestación por desempleo del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal). Esta prestación sustituye parcial o totalmente el salario que no perciben durante ese periodo.

Los ERTE están regulados en el Estatuto de los Trabajadores y en la normativa de desarrollo. Su tramitación requiere un procedimiento específico ante la autoridad laboral, con plazos y documentación que varían según el tipo y el tamaño de la empresa.


Qué es un ERE

Un ERE (Expediente de Regulación de Empleo) es un procedimiento para la extinción colectiva de contratos de trabajo. A diferencia del ERTE, aquí los contratos terminan de forma definitiva.

El ERE implica un despido colectivo en el sentido legal del término. Los trabajadores tienen derecho a una indemnización mínima establecida por ley, a la que puede añadirse lo que se negocie en el periodo de consultas con los representantes de los trabajadores.

El marco legal de referencia para los despidos colectivos es el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores. Este artículo establece los umbrales numéricos a partir de los cuales un despido se considera colectivo y está sujeto al procedimiento de ERE. Dichos umbrales varían en función del tamaño de la plantilla, por lo que si te encuentras en esta situación, es imprescindible consultar con un abogado laboralista o una asesoría especializada para determinar si aplica el procedimiento colectivo o el individual.


Las causas: ETOP

Tanto en los ERTE como en los ERE, las causas que pueden justificarlos son las mismas. Se conocen con el acrónimo ETOP:

  • Económicas: pérdidas actuales o previstas, o descenso persistente del nivel de ingresos o ventas.
  • Técnicas: cambios en los medios o instrumentos de producción.
  • Organizativas: cambios en los sistemas y métodos de trabajo del personal o en el modo de organizar la producción.
  • Productivas: cambios en la demanda de los productos o servicios que la empresa pretende colocar en el mercado.

La diferencia no está en las causas sino en la duración prevista de la dificultad: si la empresa estima que la situación es temporal, el instrumento adecuado es el ERTE; si la dificultad es estructural y permanente, el procedimiento es el ERE.


Diferencias prácticas entre ERTE y ERE

ERTEERE
DuraciónTemporalDefinitivo
Efecto sobre el contratoSuspensión o reducción de jornadaExtinción
Qué cobra el trabajadorPrestación por desempleo del SEPEIndemnización legal mínima (más lo negociado)
ReincorporaciónSí, al finalizar el ERTENo (el contrato ha terminado)
CotizaciónLa empresa sigue cotizando (parcialmente en algunos casos)Cesa la relación laboral
Regulación principalArt. 47 y 47 bis del Estatuto de los TrabajadoresArt. 51 del Estatuto de los Trabajadores

Los plazos de preaviso y la documentación requerida en cada procedimiento dependen del número de trabajadores afectados y del tipo de causa alegada. Dado que estos plazos están sujetos a normativa y jurisprudencia que puede variar, es indispensable consultar con una asesoría laboral antes de iniciar cualquiera de estos procedimientos.


Derechos de los trabajadores en un ERTE

Si tu empresa inicia un ERTE, como trabajador tienes derecho a:

  • Acceder a la prestación por desempleo durante el tiempo de suspensión o reducción, aunque no hayas agotado el periodo de carencia habitual. El importe se calcula en función de la base reguladora y el tiempo cotizado.
  • Conservar tu puesto de trabajo una vez finalice el ERTE. La empresa no puede despedirte con base en las mismas causas que justificaron el ERTE durante el periodo de protección establecido por la normativa.
  • Ser informado sobre el procedimiento, sus causas y su duración a través de los representantes de los trabajadores o, en su defecto, directamente.
  • Que el periodo de ERTE compute a efectos de antigüedad (el contrato no se extingue, solo se suspende).

Si tienes dudas sobre si el ERTE en el que te encuentras se está aplicando correctamente o si tus derechos están siendo respetados, lo más recomendable es consultarlo con un asesor laboral.


Los autónomos y los ERTE/ERE

Un autónomo que trabaja solo, sin empleados, no puede acceder ni a un ERTE ni a un ERE propio, ya que estos instrumentos regulan relaciones laborales por cuenta ajena. Lo que sí tienen los autónomos es el cese de actividad, que funciona como su equivalente a la prestación por desempleo.

Sin embargo, si eres un autónomo con trabajadores a tu cargo, sí puedes iniciar un ERTE o un ERE para tus empleados si concurren las causas legales. En ese caso, el procedimiento es el mismo que para cualquier empresa, con las adaptaciones según el número de trabajadores afectados.

Además, si eres trabajador asalariado además de autónomo (una situación posible aunque con peculiaridades cotizatorias), la prestación de ERTE solo se activa respecto a la relación laboral por cuenta ajena.

Para entender mejor las obligaciones laborales y de cotización cuando tienes empleados, puedes consultar nuestra guía sobre tipos de contrato de trabajo en España, la guía sobre despidos: guía legal completa para empresas, o el artículo sobre cómo leer una nómina. Si te preocupa cómo afectan estas situaciones a tu cotización como autónomo, puedes consultar los tramos de cotización de autónomos en 2026.


Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre un ERTE y un ERE?

La diferencia fundamental es la temporalidad. Un ERTE suspende o reduce la jornada de trabajo de forma temporal: el contrato sigue vigente y el trabajador se reincorpora cuando termina. Un ERE extingue los contratos de forma definitiva: es un despido colectivo. Las causas que los justifican (económicas, técnicas, organizativas o productivas) son las mismas en ambos casos.

¿Qué cobra un trabajador en un ERTE?

Durante la suspensión o reducción de jornada por ERTE, el trabajador accede a una prestación por desempleo gestionada por el SEPE. El importe depende de la base reguladora y el tiempo cotizado. En los ERTE por reducción de jornada, la prestación es proporcional a las horas no trabajadas.

¿Los autónomos pueden entrar en un ERTE?

Un autónomo sin empleados no puede acceder a un ERTE. Para ellos existe el cese de actividad (la prestación por desempleo de los autónomos). Si el autónomo tiene trabajadores a su cargo, sí puede iniciar un ERTE para sus empleados si concurren las causas legales.

¿Qué indemnización corresponde en un ERE?

En un ERE (despido colectivo), la indemnización mínima legal está establecida en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores. El importe concreto depende de los años de antigüedad del trabajador y del salario. En muchos casos, la negociación durante el periodo de consultas con los representantes de los trabajadores mejora esa indemnización mínima. Para calcular la indemnización de tu caso concreto, consulta con un asesor laboral.

¿Puede una empresa despedirme mientras dura un ERTE?

Existe una protección frente al despido por las causas que motivaron el ERTE durante el periodo de salvaguarda del empleo. Si la empresa extingue contratos durante ese periodo sin causa justificada distinta a las del ERTE, puede considerarse un despido improcedente. Los plazos concretos de protección y sus excepciones dependen de la normativa vigente, por lo que ante cualquier duda es recomendable consultar con un abogado laboralista.


Este artículo tiene carácter informativo. Los procedimientos laborales, plazos, indemnizaciones y condiciones exactas dependen de la normativa vigente y de las circunstancias concretas de cada caso. Ante cualquier situación de ERTE o ERE, consulta siempre con una asesoría laboral especializada. Puedes encontrar asesores en Dame una Asesoría.

¿Necesitas una asesoría?

Encuentra asesores con datos públicos en toda España. Compara perfiles y contacta gratis.

Ver directorio de asesores →

Artículos relacionados