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Autónomos30 de junio de 202610 min de lectura

Cómo constituir una SL en España: pasos y costes (2026)

Constituir una Sociedad Limitada en España requiere seguir un orden concreto de trámites: reservar el nombre, redactar los estatutos, firmar ante notario y registrar la empresa. Aquí te explicamos cada paso, qué costes implica y qué errores alargan el proceso innecesariamente.

Cómo constituir una SL en España: pasos y costes (2026)

Cómo constituir una SL en España: pasos y costes (2026)

La Sociedad Limitada (SL) es la forma jurídica más utilizada en España para crear una empresa. Si aún dudas entre constituir una sociedad o seguir como autónomo, te ayudará leer antes qué te conviene entre SL y autónomo. Su popularidad se debe a la responsabilidad limitada de los socios (su patrimonio personal queda protegido frente a las deudas de la empresa, salvo en casos muy específicos), a su flexibilidad en la distribución del capital y en la gestión, y a que no exige un capital mínimo elevado para constituirse.

Pero constituir una SL no es un trámite inmediato. Requiere seguir un orden concreto de pasos, coordinar varias instituciones (Registro Mercantil Central, notaría, Registro Mercantil Provincial, Hacienda, Seguridad Social) y preparar documentación específica. Este artículo explica el proceso completo, los costes orientativos y los errores más frecuentes que retrasan la constitución.

1. Antes de empezar: decisiones previas que debes tener claras

Antes de iniciar los trámites, hay decisiones estructurales que deben estar resueltas porque afectan a los documentos que firmarás:

Socios y participaciones. ¿Quiénes serán los socios? ¿Cómo se distribuye el capital social entre ellos? Las participaciones sociales (el equivalente a las acciones en una SL) reflejan esa distribución.

Capital social. Desde la reforma de 2021, el capital mínimo legal para constituir una SL es de un euro, aunque en la práctica muchas empresas se constituyen con un capital superior (frecuentemente en el rango de los miles de euros) para tener mayor credibilidad frente a bancos, clientes y proveedores. El capital se aporta en metálico (mediante ingreso bancario) o en especie (aportando bienes), y debe estar totalmente desembolsado en el momento de la constitución.

Administrador/es. La SL necesita al menos un administrador o un consejo de administración. El administrador puede ser único, solidarios (varios con capacidad de actuar por separado) o mancomunados (que necesitan actuar conjuntamente). Esta estructura condiciona la gestión diaria y los poderes que se otorgan.

Objeto social. La actividad o actividades a las que se va a dedicar la empresa deben quedar descritas en los estatutos. Un objeto social excesivamente restringido puede ser un problema si la empresa diversifica su actividad; uno excesivamente amplio puede generar complicaciones con el epígrafe de IAE y con terceros.

Domicilio social. La sede de la SL debe estar en España. Puede ser un local comercial, una oficina, el domicilio del administrador, o incluso un domicilio de gestoría si se utiliza ese servicio.

2. Los pasos para constituir una SL

Paso 1: Solicitar el certificado de denominación social

El primer paso es reservar el nombre de la empresa en el Registro Mercantil Central. Se solicita un certificado negativo de denominación social, que acredita que el nombre elegido no está ya registrado por otra empresa. Si el nombre está disponible, se reserva durante un período limitado (actualmente seis meses, prorrogable).

Este trámite puede realizarse online a través de la web del Registro Mercantil Central. Conviene tener varias opciones de nombre previstas por si el primero elegido ya está registrado.

Paso 2: Abrir una cuenta bancaria y depositar el capital social

Una vez que tienes la reserva del nombre, abres una cuenta bancaria a nombre de la sociedad en constitución y depositas el capital social. El banco emite un certificado de depósito del capital que el notario necesita para autorizar la escritura.

Algunos bancos tienen requisitos específicos para abrir cuentas de empresas en constitución; conviene informarse previamente.

Paso 3: Redactar los estatutos sociales y la escritura de constitución

Los estatutos son el documento que regula el funcionamiento interno de la SL: la denominación, el objeto social, el domicilio, el capital y las participaciones, el órgano de administración y sus competencias, las reglas para la transmisión de participaciones, la distribución de dividendos, etc.

La escritura de constitución recoge los datos de los socios fundadores, los estatutos, el nombramiento del administrador o administradores iniciales, la aportación de capital y la distribución de participaciones.

Aunque es posible redactar los estatutos sin asesoramiento jurídico (el Colegio de Registradores dispone de estatutos tipo orientativos), unos estatutos mal redactados pueden generar problemas jurídicos o requerir modificaciones posteriores costosas. Contar con un abogado o gestoría para este paso es habitual.

Paso 4: Firmar la escritura ante notario

Los socios fundadores comparecen ante notario y firman la escritura de constitución. El notario verifica los documentos, la identidad de los firmantes y el certificado de depósito del capital. Con la firma notarial, la SL queda jurídicamente constituida, aunque aún no está inscrita.

Los honorarios del notario varían en función del capital social y el número de folios de la escritura. Los aranceles notariales son regulados, por lo que los costes son relativamente predecibles. Como orientación general, la escritura de constitución de una SL simple suele costar una cantidad que oscila entre unos pocos cientos de euros y algo más de un millar, dependiendo del capital y la complejidad; tu notario puede darte un presupuesto previo.

Paso 5: Liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) — operaciones societarias

La constitución de una SL está sujeta al ITP en la modalidad de operaciones societarias. Sin embargo, desde hace años está exenta en la práctica totalidad de los casos. De todas formas, el modelo 600 debe presentarse en la comunidad autónoma correspondiente para que quede constancia de la exención. Sin este trámite, el Registro Mercantil puede denegar la inscripción.

Paso 6: Inscribir la SL en el Registro Mercantil Provincial

La escritura notarial se presenta en el Registro Mercantil de la provincia donde está el domicilio social. El registrador revisa que la escritura cumple los requisitos legales y, si todo es correcto, inscribe la sociedad. Con la inscripción, la SL adquiere plena personalidad jurídica.

Los aranceles registrales también están regulados y dependen del capital social. El plazo de inscripción varía, pero suele situarse entre varios días y varias semanas, dependiendo de la carga de trabajo del registro y de si hay defectos a subsanar en la documentación.

Paso 7: Obtener el NIF definitivo y darse de alta en Hacienda

Durante el proceso, la SL puede solicitar un NIF provisional (mediante el modelo 036) para poder operar con anticipación. Una vez inscrita en el Registro Mercantil, se solicita el NIF definitivo.

El alta censal en Hacienda (modelo 036) también implica declarar el epígrafe de IAE (Impuesto de Actividades Económicas) correspondiente a la actividad, y si la empresa facturará antes de finalizar el ejercicio, el inicio de actividad.

Paso 8: Inscribir a la empresa en la Seguridad Social y dar de alta al administrador

Si el administrador de la SL tiene participación significativa o control de la empresa, estará obligado a cotizar como autónomo en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Si hay trabajadores por cuenta ajena, la empresa debe darse de alta como empleadora en la Seguridad Social.

3. Costes orientativos

Los costes de constitución de una SL varían según el capital social, la complejidad de los estatutos y la comunidad autónoma. A modo orientativo, los principales conceptos son:

  • Certificado de denominación social: cuota administrativa reducida.
  • Escritura notarial: aranceles regulados, en función del capital y los folios; solicita presupuesto a tu notario.
  • Inscripción Registro Mercantil: aranceles regulados, función del capital; contacta con el registro para orientación.
  • Gestoría o asesoría si contratas ayuda profesional para coordinar el proceso y redactar estatutos.

Los costes concretos dependen de cada situación. Una gestoría puede darte un presupuesto cerrado por el proceso completo, lo que suele ser lo más práctico para evitar sorpresas.

4. Vía rápida: el CIRCE y los estatutos tipo

El Ministerio de Industria dispone del sistema CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas), que permite constituir una SL de forma telemática utilizando estatutos tipo, con intervención notarial y registro también telemáticos. Esta vía puede acortar los plazos considerablemente para sociedades simples.

No todas las situaciones son compatibles con esta vía: si los estatutos requieren cláusulas personalizadas o si hay varias clases de participaciones, necesitarás el proceso notarial y registral habitual.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tarda en constituirse una SL en España?

El proceso completo, desde la solicitud del certificado de denominación hasta la inscripción registral, puede durar entre dos y seis semanas en condiciones normales. La mayor variable es el plazo de inscripción en el Registro Mercantil, que en algunos registros puede alargarse más. Utilizar la vía CIRCE puede reducir estos plazos. Una gestoría que conoce el proceso puede anticipar los cuellos de botella.

¿Necesito un abogado para constituir una SL?

No es legalmente obligatorio, pero es muy recomendable contar con un asesor jurídico o gestoría especializada, al menos para revisar los estatutos. Los errores en los estatutos sociales no son evidentes al principio pero pueden generar conflictos importantes entre socios o con terceros años después. El coste del asesoramiento en esta fase es mucho menor que el de resolver problemas jurídicos posteriores.

¿Puedo cambiar los estatutos de la SL después de constituirla?

Sí, los estatutos se pueden modificar mediante acuerdo de la junta de socios y escritura notarial posterior. Cada modificación estatutaria implica costes notariales y registrales. Por eso es preferible redactar bien los estatutos desde el principio.

¿Qué impuestos paga una SL en España?

La SL tributa principalmente por el Impuesto sobre Sociedades (IS), que grava su beneficio anual y se declara con el modelo 200. Además, si tiene trabajadores, gestiona las retenciones de IRPF de las nóminas. Si el administrador percibe retribución, también existen implicaciones de IRPF y Seguridad Social. Una asesoría fiscal puede diseñar desde el inicio la estructura más eficiente para tu empresa. En Dame una Asesoría puedes encontrar asesores especializados en constitución de empresas y fiscalidad de sociedades.


Este artículo es orientativo y no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal personalizado. Los requisitos y costes pueden variar. Consulta con un asesor colegiado para analizar tu situación concreta antes de iniciar los trámites.

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